El 2 de enero de 2018 entraba en vigor una nueva Normativa sobre el matasellado. Como expertos en analizar precios de sellos antiguos queremos ver qué novedades incluye.

Desde ahora, para matasellar algún documento con los distintos matasellos turísticos, los usuarios tendrán que enviar los documentos en un sobre colector prefranqueado o prepagado para que sean devueltos matasellados. Hay que adjuntar la imagen del matasellos con el que se quieran que se matasellar los documentos además de incluir un número de referencia que aparecerá en la web de Correos.

En Filatelia Sanza – Monedas y Sellos te recordamos que los matasellos también se pueden conseguir acudiendo directamente a las oficinas postales repartidas por toda España. Los matasellos postales son aquellos que responden a un concepto global o particular en su temática generada y emitida por Correos. Estos pueden o no tener fechador. Su impronta, mediante imagen o texto, hace referencia al concepto seleccionado conjuntamente con el logo y símbolo de Correos. Como decimos, estos envíos han de ser remitidos al servicio de matasellado de oficinas central de Correos y Telégrafos en Madrid.

En cuanto a los matasellos conmemorativos, en las solicitudes es imprescindible incluir el AVAL de FESOFI o ANFIL para acogerse a los precios reducidos para Asociaciones Filatélicas. FESOFI son las siglas de Federación Española de Sociedades Filatélicas y ANFIL de la Asociación Nacional de Empresarios de Filatelia y Numismática.

Desde el 1 de julio de 2017 el abono de estos matasellos ha de realizarse por adelantado al uso del matasellos por transferencia bancaria al Servicio Filatélico. Los importes y cuenta se envían a los peticionarios y hay un plazo de 5 días para que realicen el ingreso y aporten el justificante de dicha transferencia.

Otra novedad con la que comenzábamos el 2018 es la entrada en vigor de las nuevas tarifas de CORREOS. Por ejemplo, la carta nacional ordinaria, el producto más demandado, sube 5 céntimos, pasando a tener una tarifa de 0,55 euros. Todas estas decisiones las adopta el Consejo de Administración de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A. y han de ser supervisadas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.